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Noticias Agosto 2008
Amplian plazo de pago de Inmuebles, gestion 2007
21/08/2008

Se amplió el plazo para el pago del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles con el 10% de descuento hasta el 08/10/2008,

Debido a que muchos de nuestros contribuyentes no pudieron realizar el pago de sus tributos a tiempo se determinó ampliar el plazo hasta este próximo 8 de Octubre.

Aproveche esta ampliación y acérquese a las entidades financieras autorizadas dictando su número de inmueble o código catastral, ya que el descuento está habilitado solo hasta esa fecha.

Le rogamos tomar nota para evitarse de multas e intereses.


Este 10 de Septiembre vence Pago de Impuesto por Vehículos Automotores de la Gestión 2007
21/08/2008

  • Fecha de Vencimiento: 10 de Septiembre del 2008, con el 10% de descuento. Despues de la ampliación de lo dispuesto en la Resolución Suprema No. 228657 del 17/04/2008.
  • Vehículos habilitados para el pago del IPVA del 2007: 171.076
  • Los vehículos del servicio público que no tengan autorizaciones vigentes, emitidas por la Dirección de Tráfico y Transporte, no recibirán el beneficio del 50% de descuento.
  • Consultas: Para consultar el monto a pagar solicite proforma en SiO, en las entidades financieras habilitadas, a través del portal www.ruat.gov.bo o por celular, enviando un mensaje de texto con el número de la placa al 4444.
  • Pagos: El pago se puede realizar en cualquier entidad financiera habilitada. La lista de oficinas, sucursales y agencias se puede consultar en el portal www.serviciosyoperadores.com.
  • Pago de IPVA por Gestiones atrasadas o en Mora: Las liquidaciones de IPVA y de gestiones impagas anteriores a la gestión 2007 están habilitadas en la red bancaria autorizada para el pago respectivo. Los contribuyentes, previo al pago de la deuda, podrá solicitar en SiO descuento de multas para pago al contado o un plan de pagos de hasta 24 cuotas mensuales.
Este 10 de Septiembre atenderemos en horario continuo
21/08/2008

Dado que este 10 de Septiembre vence el plazo de Pago de Impuestos de Vehiculos Automotores, SiO una vez mas se esforzará para Usted. Asi como lo hacemos en cada vencimiento, este día(10 de Septiembre) atenderemos todo el dia sin interrupciones para su mayor comodidad.

Nuestro horarios serán de 8:00 a 18:00. Por favor tome nota.

Apartir de este 14 de Agosto, SiO no atenderá solicitudes de PRESCRIPCIONES
21/08/2008

A partir del 14 de Agosto del 2008 las Prescripciones solamente se realizarán en cada Departamento dependiente de la Dirección de Recaudaciones (Inmuebles, Vehículos, Patentes) del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, ubicados en el edificio de SiO, 1er. piso.

Esto en cumplimiento a la Resolución Normativa 003/2008.

Por favor, rogamos tomar la debida atención.

Se reglamenta la presentación de solicitudes de prescripción de tributos municipales
20/08/2008

La Administración Tributaria Municipal mediante Resolución Normativa 003/2008 ha reglamentado el procedimiento y requisitos para la presentación de solicitudes de prescripción de tributos, que son presentados por los contribuyentes.

El procedimiento de prescripción de tributos municipales, se deberá iniciar con la solicitud escrita por parte del contribuyente, solicitud que deberá estar dirigida a la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra y que deberá ser presentada en la Unidad o Departamento correspondiente del Gobierno Municipal encargado del cobro o fiscalización del tributo del cual se solicita la prescripción (Dpto. de Inmuebles, Dpto. de Vehículos, Dpto. de Patentes, Dirección de Cementerios, etc.).

El plazo máximo para resolver dar respuesta a la solicitud de prescripción será de treinta (30) días corridos, que se computarán desde la fecha de recepción de la solicitud de prescripción hasta fecha de la emisión de la Resolución respectiva.

Cabe mencionar que de acuerdo al Antiguo Código tributario los tributos hasta la gestión 2002 prescriben a los cinco (5) años, y de acuerdo al Nuevo Código Tributario (Ley 2492) los tributos a partir de la gestión 2003 prescriben a los cuatro (4) años. Los periodos de prescripción antes mencionados podrán ser suspendidos cuando la administración haya notificado la deuda mediante Resolución Determinativa, Orden de Fiscalización, Auto de Ejecución Tributaria o cuando el contribuyente haya suscrito un plan de pagos.


Vea también: Resolución Normativa 003/2008

Se reglamenta la Verificación y Control del cumplimiento del pago de Tributos Municipal
20/08/2008

La Administración Tributaria Municipal mediante Resolución Normativa 002/2008 ha reglamentado el procedimiento de Verificación y Control del cumplimiento del pago de adeudos tributarios municipales, definiendo la forma como ejercerá sus facultades de control y verificación del pago de obligaciones tributarias, y el control y verificación de datos técnicos y legales contenidos en los registros municipales en sus tres áreas: inmuebles, vehículos automotores y actividades económicas.

SiO, como operador privado, tendrá la responsabilidad de realizar la verificación de los datos técnicos que están contenidos en los registros que dieron origen a la deuda tributaria, utilizando para ello: información de campo; información registrada en archivos y registros municipales, como ser Catastro, Plan Regulador, Tráfico y Transporte y otras unidades técnicas de la administración; información contenida en los registros públicos, como ser Impuestos Nacionales, SEDES, Derechos Reales, Tránsito y otros; fotografías aéreas; fotografía satelital; o cualquier otro medio que permita validar razonablemente los datos técnicos necesarios para la determinación de la deuda tributaria en mora.

El contribuyente tendrá un plazo de 3 días hábiles a partir de su legal notificación, para presentar la documentación o información requerida por la Administración Tributaria, o en su caso aceptar o rechazar los datos técnicos notificados. En caso de no presentarse en el plazo establecido, la Administración Tributaria tendrá la facultad de actualizar los registros municipales utilizando la información relevada durante el procedimiento de Verificación y Control, a fin de reliquilidar la deuda tributaria, misma que seria notificada al contribuyente mediante Vista de Cargo.


Vea también: Resolución Normativa 002/2008

SIO habilita su página web para mejorar recaudación tributaria
14/08/2008

El próximo miércoles 20 de agosto se vence el plazo para el pago de impuestos de la gestión 2007 con el 10% de descuento de los bienes inmuebles, por lo que desde la anterior semana Servicios y Operadores (SIO) habilitó su nueva página virtual donde el usuario podrá informarse de los pasos que debe seguir para cancelar sus tributos.

El gerente de SIO, Claudio Fernández, explicó que de acuerdo con la resolución municipal 286/2008 son 267.935 los dueños de casa habilitados para el pago del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles en 2007.

Fernández adelantó que para darle mayor comodidad al ciudadano, la página web www.serviciosyoperadores.com está habilitada con todas las posibles preguntas y dudas, incluso los pasos a seguir para iniciar un trámite. "Muchas veces la gente le tiene miedo a las colas y a la aglomeración, ahora se puede hacer los trámites desde su casa y se le da el dato de las agencias donde pueden cancelar", refirió el funcionario.

Respecto al nuevo plazo para el pago de impuestos de vehículos con el 10% de descuento de la gestión 2007, Fernández indicó que se vence el 10 de septiembre y será impostergable. "Para presionar a la población que debe sus impuestos, todos los días sale una brigada móvil y se para en distintos sitios de la ciudad para quitar la placa de atrás. Cada día decomisamos 30 placas y las devolvemos cuando cancelan", reveló

Fuente: El Deber


Multas de Bs. 1.000 por circulación y estacionamiento indebidos a camiones de alto tonelaje
9/08/2008

El Gobierno Municipal a través de la Dirección de Tráfico y Transporte ha reiniciado los operativos para hacer cumplir la Ordenanza Municipal No.040-A/00, que dispone la prohibición de circulación a los camiones de alto tonelaje por las calles y avenidas de unidades vecinales y barrios con un ancho menor a 15 metros, y el estacionamiento de estos motorizados en calles secundarias, radiales, avenidas y anillos.

La Ordenanza establece una multa de Bs.1.000 por el incumplimiento a las disposiciones, por la primera vez, monto que se duplicará por cada infracción subsiguiente. La Dirección de Recaudaciones, a través de SiO, quedan encargadas del cobro de las multas por las infracciones que fuera a emitir la Dirección de Tráfico y Transporte.

Hacemos notar que esta ordenanza fue emitida en fecha 21/06/2000, por lo cual el Gobierno Municipal estaría aplicando dicha ordenanza a los vehículos infractores.


Vea también: Como cancelar sus infracciones de Vehículos en SiO

Este 30 de Octubre vence Pago de la Patente de Funcionamiento por Actividad Económica de la Gestión 2007
1/08/2008

  • Fecha de Vencimiento de la Patente del 2007: 30 de Octubre de 2008, con el 5% de descuento. Dispuesto mediante Resolución Municipal No.009/2008 del 10/01/2008.
  • Actividades Económicas habilitadas para el pago de la Patente del 2007: 81.517
Este 20 atenderemos en horario continuo
28/07/2008

Dado que este 20 de Agosto vence el plazo de Pago de Bienes Inmuebles, SiO una vez mas se esforzará para Usted. Asi como lo hacemos en cada vencimiento, este día(20 de Agosto) atenderemos todo el dia in-interrumpidamente para su mayor comodidad.

Nuestro horarios serán de 8:00 a 18:00. Por favor tome nota.

Este 20 de Agosto vence Pago del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IPBI) de la Gestión 2007
23/07/2008

  • Fecha de Vencimiento de Bienes Inmuebles del 2007: 20 de Agosto de 2008, con el 10% de descuento. Dispuesto mediante Resolución Municipal No.286/2008 del 16/06/2008.
  • Número de inmuebles habilitados para el pago del IPBI del 2007: 267.935
Formularios Online de Declaraciones Juradas de
INMUEBLES, VEHICULOS Y PATENTES

20/07/2008

SiO crea los Formularios Electrónicos. Las Ventajas de registrar sus Declaraciones Juradas via web son:

- Le ahorra tiempo
- Evita el gasto econômico de apersonarse en SiO para recabar uno
- Usted registra la cantidad de Formularios que le parezcan necesarias
- Usted lo registra el dia y la hora que mas le sea conveniente
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- Le permite corregir los Formularios ya registrados
- Le permite reimprimir los Formularios ya registrados

Usted puede acceder por medio de los siguientes links:

- FORMULARIO DE REGISTRO DE CONTRIBUYENTES (PERSONAS NATURALES)
- FORMULARIO DE REGISTRO DE CONTRIBUYENTES (PERSONAS JURIDICAS)
- FORMULARIO DE REGISTRO DE REGISTRO DE ACTIVIDAD ECONOMICA
- FORMULARIO DE SOLICITUD DE COPIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
- FORMULARIO DE SOLICITUD BAJA DEFINITIVA DE ACTIVIDAD ECONOMICA
- FORMULARIO DE BIENES INMUEBLES
- FORMULARIO DE VEHICULOS AUTOMOTORES

¿Por qué registrar un Declaración Jurada? Le sugerimos visitar el siguiente link: DDJJ


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